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La LXII Legislatura del Congreso del Estado APROBÓ NUEVA LEY DE DESARROLLO URBANO, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
· Fue propuesta por el Gobernador Javier Duarte de Ochoa
· Busca normar y regular en lo referente a ordenamiento de los asentamientos humanos y la planeación del desarrollo urbano, regional y la vivienda
Xalapa, Veracruz.- Por unanimidad, la LXII Legislatura Local aprobó la nueva Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado, a fin de normar y regular en lo referente a ordenamiento de los asentamientos humanos y la planeación del desarrollo urbano, regional y la vivienda; ejecución de programas de desarrollo urbano; ordenamiento territorial sustentable y vivienda; distribución equilibrada de la población y de las actividades económicas en el territorio de la Entidad.
Asimismo, normar y regular sobre la protección del medio ambiente, del patrimonio histórico, arqueológico, cultural y de la imagen urbana de los centros de población y zonas conurbadas; fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población y zonas conurbadas; determinación de las provisiones, reservas, usos y destinos del suelo con vocación urbana, así como la regulación de la propiedad en los centros de población y zonas conurbadas; regularización de la tenencia de la tierra urbana; constitución de reservas territoriales para el desarrollo urbano y vivienda; creación de fraccionamientos o cualquier forma de parcelamiento u ocupación del suelo con fines urbanos; edificación de viviendas, en congruencia con la política estatal de vivienda y con los aspectos económicos, sociales, urbanos y poblacionales en el Estado.
Del mismo modo, fomentar la participación de los sectores social y privado en acciones habitacionales; apertura, ampliación y prolongación de calles y vías públicas en general; planeación y ejecución de obras de infraestructura, equipamiento y servicios públicos urbanos; adopción de medidas para prevenir o atender desastres; reubicación de los asentamientos humanos en zonas de riesgo; establecimiento de formas y mecanismos de coordinación institucional, concertación privada y social y para la participación ciudadana, dirigidas al logro del desarrollo urbano y ordenamiento territorial, entre otros importantes aspectos.
Asimismo, se reformó la Ley Estatal del Servicio Civil, Ley de Bienes y Código Hacendario Municipal del Estado, para establecer, en otros aspectos, que en los casos de incumplimiento de laudos por parte de las autoridades estatales y municipales, en los que se les condene al pago de prestaciones económicas a particulares, se pueda acudir al embargo de sus bienes del dominio privado, tramitando al efecto el procedimiento previsto en la Ley Federal del Trabajo.
Se dispone también, que en ningún caso se podrán embargar los bienes muebles e inmuebles afectos a un servicio público, así como los ingresos propios, ni los provenientes de participaciones o aportaciones federales. Tampoco podrán embargarse las cuentas bancarias aperturadas a nombre del municipio.
Los diputados reformaron diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado, para especificar las diversas hipótesis concernientes al régimen de concesiones, detallando cuidadosamente las responsabilidades de los concesionarios, sobre todo cuando suceden muertes de ciudadanos por accidentes de tránsito en que se ven involucrados vehículos del servicio de transporte público.
Durante la sesión extraordinaria se aprobaron reformas el Código de Procedimientos Civiles de Veracruz, con la finalidad de establecer como una obligación oficiosa de la autoridad judicial, la de imponer una corrección disciplinaria, consistente en una multa, a quien o quienes, teniendo interés en que se les ponga en posesión del bien materia de condena judicial, propicien la falta de realización de la respectiva diligencia para la cual se solicitó el auxilio de la fuerza pública.
Se aprobó en sus términos la Minuta Proyecto que adiciona un párrafo al artículo 4º y se reforma la fracción XXIX-J del artículo 73 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer que toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte, correspondiendo al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.
Del mismo modo, el Pleno Legislativo designó a los diputados Marco Antonio Estrada Montiel, Oscar Agustín Lara Hernández, Ulises Ochoa Valdivia y Armando Méndez de la Luz, como representantes de esta Soberanía ante el Comité Técnico del Fideicomiso Público de Administración del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal,
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